Los pasajeros menores de 16 años ya cuentan con el derecho garantizado de viajar sentados junto a sus padres, responsables o familiares en vuelos comerciales dentro de Brasil, sin pagar ningún cargo adicional por la reserva conjunta de asientos. Esta medida se instauró mediante la Resolución nº 807/2026 publicada por la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) y entró en vigor el mismo día de su difusión oficial.
La normativa exige que las compañías aéreas asignen automáticamente asientos contiguos en la misma clase tarifaria al momento de la compra del boleto, evitando que los menores se vean separados de sus acompañantes a causa de políticas comerciales que cobraban por la elección anticipada de asientos. Sin embargo, la garantía aplica exclusivamente a los asientos estándar y no obliga a ofrecer plazas en clases superiores ni en asientos especiales con beneficios como mayor espacio para las piernas o ubicaciones preferenciales.
Si el pasajero opta por estas posiciones diferenciadas, la aerolínea podrá mantener el cobro habitual correspondiente. Además, la nueva regulación establece multas y sanciones administrativas para aquellas empresas que incumplan esta obligación, incluida la separación de menores y acompañantes o la aplicación de cargos por sentar juntos a los pasajeros. Estas sanciones están reguladas por la Resolución nº 762/2024 de la ANAC.
Esta disposición surge en respuesta a una acción civil pública abierta en 2019 contra la práctica de las aerolíneas de cobrar por la selección de asientos, situación que en algunos casos llevaba a separar a los niños de sus responsables durante el vuelo. Para atender esta demanda judicial, ANAC instituyó esta medida provisional que ya obliga a todas las compañías aéreas a ajustar sus sistemas de venta y reserva.